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 Reglamento Clase 1M ULY

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MensajeTema: Reglamento Clase 1M ULY   Reglamento Clase 1M ULY EmptyMar 02 Jun 2009, 11:47

Para Bajar en Formato PDF Reglamento 1M ULY (Diciembre 2008)

REGLAMENTO CLASE 1 METRO – ULY 2008 Unión Latinoamericana de Yates RC
INDICE
PARTE I – ADMINISTRACIÓN 4
SECCIÓN A – DEFINICIONES, REGLAS, IDENTIFICACIÓN Y MEDICIÓN 4
A.1 IDIOMA 4
A.2 ABREVIACIONES 4
A.3 AUTORIDADES y RESPONSABILIDADES 4
A.4 OBJETIVO 4
A.5 FINALIDAD DE LAS REGLAS 5
A.6 REGLAS FUNDAMENTALES 5
A.7 REGLAS DE REGATAS 5
A.8 INTERPRETACIONES DE LAS REGLAS DE LA CLASE 5
A.9 MODIFICACIONES A LAS REGLAS DE LA CLASE 5
A.10 DEFINICIÓN DE CONSTRUCTOR 6
A.11 NÚMERO DE REGISTRO DEL CASCO 6
A.12 CERTIFICADO DE MEDICIÓN, SU VALIDEZ Y RENOVACIÓN 6
SECCIÓN B – APROBACIÓN DEL YATE PARA COMPETIR 7
B.1 CERTIFICADO 7
B.2 INSIGNIA DE LA CLASE Y DE LA AC 7
PARTE II – REQUERIMIENTOS y LIMITACIONES 8
SECCIÓN C – CONDICIONES PARA COMPETIR 8
C.1 DESCRIPCIÓN 8
C.2 COMANDO DEL YATE 8
C.3 PUBLICIDAD 8
C.4 YATE 8
C.4.1 Identificación 8
C.4.2 Dimensiones 8
C.4.3 Materiales 8
C.4.4 Peso Mínimo 8
C.4.5 Lastres 9
C.4.6 Centro de gravedad 9
C.5 CASCO 9
C.5.1 Mantenimiento 9
C.5.2 Dimensiones 9
C.5.3 Cubierta 9
C.6 APÉNDICES DEL CASCO 9
C.6.1 Dimensiones 9
C.6.2 Ubicación 9
C.6.3 Peso (en estado seco) 11
C.7 APAREJO 11
C.7.1 Mantenimiento 11
C.7.2 Limitaciones 11
C.7.3 Uso 11
C.7.4 Mástil 11
C.8 VELAS 11
C.8.1 Mantenimiento 11
C.8.2 Limitaciones 11
C.8.3 Identificaciones 11
C.8.4 Uso 12
C.9 CONTROL REMOTO 12
C.9.1 Limitaciones 12
SECCION D – CASCO 12
D.1 MATERIALES 12
D.2 CONSTRUCCIÓN 12
D.3 HERRAJES 12
SECCION E – APÉNDICES DEL CASCO 12
E.1 MATERIALES 12
E.2 CONSTRUCCIÓN 12
SECCION F – APAREJO 12
F.1 PARTES 12
F.1.1 Descripción 12
F.1.2 Escotas 12
F.2 MÁSTIL 12
F.2.1 Materiales 12
F.2.2 Construcción 13
F.2.3 Herrajes 13
F.2.4 Dimensiones (en mm): 14
F.3 BOTAVARAS 14
F.3.1 Materiales 14
F.3.2 Construcción 14
F.3.3 Herrajes de la botavara de mayor 14
F.3.4 Herrajes de la botavara del foque 14
SECCION G – VELAS 15
G.1 MATERIALES 15
G.2 CONSTRUCCIÓN 15
G.3 VELA MAYOR 15
G.4 FOQUE 16
ANEXOS 17
ANEXO 1: DIAGRAMA DE MEDICIÓN DE CASCO Y COMPLEMENTOS 17
ANEXO 2: DIAGRAMA DE MEDICION DE VELAS Y APAREJOS 18
ANEXO 3: DIAGRAMA DE NUMERALES Y LETRAS NACIONALES 19
ANEXO 4: DETALLE DE GANCERA Y UBICACIÓN CENTRO GRAVEDAD 20
ANEXO 5: CERTIFICADO DE MEDICIÓN (CM) 21

PARTE I – ADMINISTRACIÓN
SECCIÓN A – DEFINICIONES, REGLAS, IDENTIFICACIÓN Y MEDICIÓN
A.1 IDIOMA
El idioma oficial para los países donde se habla el español, es el español y donde se habla el portugués, es el portugués.
A.2 ABREVIACIONES
Toda vez que fueran mencionadas las siglas como siguen abajo, serán interpretadas de la siguiente forma:
RC = Radio Control ó Radio Controlado
ULY = Unión Latinoamericana de Yates RC
CL 1 M / ULY = Clase 1 Metro / ULY
AN = Autoridad Nacional (ante la ULY)
AC = Asociación de Clase
RCL = Reglas de la Clase
MO = Medidor Oficial
CM = Certificado de Medición
DM = Diagramas de Medición
ISAF = Federación Internacional de Vela (International Sailing Federation)
RSD = División de RC de la ISAF (Radio Sailing Division)
A.3 AUTORIDADES y RESPONSABILIDADES
A.3.1 La autoridad internacional sudamericana para la CL 1 M / ULY es la ULY.
A.3.2 Cada país miembro de la ULY deberá crear su AC, que coordinará todos los intereses de la CL 1 M / ULY con la AN y la ULY.
A.3.3 La AC estará formada por un Coordinador, un Secretario y un Medidor Oficial.
A.3.4 La ULY, AN y/o AC no serán responsables jurídicamente por fallas derivadas de las RCL, el DM y el CM.
A.4 OBJETIVO
La Clase 1 METRO - ULY corresponde a una categoría monotipo de yate RC, que cumple con las reglas de la Clase INTERNATIONAL ONE METER (IOM) y fue creada por la Unión Latinoamericana de Yates RC en el año 1991, en base a un diseño de Antonio Carlos Vadalá Guimaraes, quien gentilmente cedió los derechos a la ULY. El objetivo principal de esta categoría es contar con un barco monotipo altamente competitivo y de bajo costo, de diseño
simple y de fácil construcción, con empleo de materiales comunes.
A.5 FINALIDAD DE LAS REGLAS
La finalidad de estas reglas es de que todos los yates de la clase sean notoriamente idénticos y muestren la misma performance independientemente de su origen ó edad, y en consecuencia
las regatas de la clase se definan por la habilidad de sus timoneles y no por ventajas de equipamientos sofisticados ó gastos elevados.
A.6 REGLAS FUNDAMENTALES
A.6.1 Cualquier especificación no permitida en estas RCL está prohibida.
A.6.2 Queda a criterio de las Asociaciones de Clase de cada país miembro de ULY adoptar uno o más aparejos (1, 2 o 3) aquí descriptos, en sus competiciones nacionales.
Será definido en el Reglamento Administrativo y Deportivo de ULY cuáles aparejos podrán ser utilizados en las competiciones internacionales bajo su supervisión.
Solamente un casco, un juego de los aparejos permitidos, un juego de velas por cada aparejo permitido, una quilla con bulbo y un timón medidos oficialmente podrán ser utilizados durante una serie de regatas, excepto en caso de averías ó roturas por accidente debidamente comprobadas. Todos los cambios deberán ser previamente autorizados por la Comisión de Regatas y verificadas por un MO.
A.6.3 Una sustitución de velas, mástil, quilla, timón ó aparejo completo fuera de competencia y por cualquier motivo, implicará una nueva medición de los elementos sustituidos, la cual deberá ser anotada en el CM por un MO.
A.6.4 Solamente los yates de CL 1 M / ULY construidos a partir de moldes homologados y de acuerdo con los DM y RCL 1 M / ULY y poseedores de CM actualizados podrán participar en las regatas oficiales de la clase.
A.7 REGLAS DE REGATAS
Las competencias se regirán por el reglamento de regatas vigente editado por la ISAF / RSD,
que se indicará en las correspondientes instrucciones de regatas.
A.8 INTERPRETACIONES DE LAS REGLAS DE LA CLASE
A.8.1 En la eventualidad de una controversia en la aplicación de las reglas y las especificaciones, la misma deberá ser encaminada a la AC.
A.8.2 La decisión de una Comisión Técnica y de un MO de la AC es definitiva e inapelable.
A.8.3 La Comisión de Protestas podrá aceptar una protesta de medición, la cual será analizada junto con un MO de la AC.
A.9 MODIFICACIONES A LAS REGLAS DE LA CLASE
A.9.1 Estas reglas no podrán ser modificadas por la Comisión de Regatas.
A.9.2 Modificaciones a las presentes reglas sólo podrán ser aprobadas en Asamblea General Ordinaria ó Extraordinaria de la ULY, con indicación de plazos para su entrada en vigencia.
A.10 DEFINICIÓN DE CONSTRUCTOR
A.10.1 Constructor de yates RC CL 1M / ULY es aquél capaz de proveer a la clase con yates completos, en forma de “kit” ó en partes, oriundos de moldes homologados del casco y panel de cubierta y popa, todo conforme a los DM y las RCL.
A.10.2 Los moldes del casco deberán ser confeccionados a partir del modelo oficial de la CL 1M / ULY y verificados por el Medidor de la AC para poder ser homologados. El casco es la parte del velero que identifica al constructor y en base al cual será emitido el CM y entregado el número de registro ó matrícula, que debe ser solicitado previamente por el constructor.
A.10.3 La AC entregará a los interesados en la construcción del yate CL 1M / ULY el modelo oficial mediante el pago de una tasa, así como también las RCL y los DM.
A.10.4 El constructor recibirá también un CM en blanco, donde deberá anotar los datos que corresponden solamente a la construcción. Este CM deberá ser entregado al propietario del yate CL 1M / ULY.
A.11 NÚMERO DE REGISTRO DEL CASCO
Los números de registro son otorgados por la ULY, a requerimiento de las AC y deben ser incorporados al casco en forma de etiqueta legible e imborrable, firmemente adherida en su interior.
Cada casco tendrá asignado un único número, el que bajo ninguna circunstancia podrá ser utilizado en un casco distinto a aquél en que fue usado por primera vez. Este número también será el número de las velas del yate.
A.12 CERTIFICADO DE MEDICIÓN, SU VALIDEZ Y RENOVACIÓN
A.12.1 Cada vez que la AC, Comisión de Regata, Comisión de Protesta u otra Autoridad solicite la medición de un yate CL 1M / ULY, éste debe ser medido y pesado juntamente con todos sus elementos, como ser velas, aparejos, etc. por un MO, previo pago de la tasadefinida por la AC. Una vez completado el CM y firmadas y fechadas las velas, este certificado deberá ser distribuido en 2 copias: una para la AC y una para el propietario.
A.12.2 Solamente se medirán yates de la CL 1M / ULY que hayan sido construidos en moldes homologados por la AC.
A.12.3 Quedan establecidas las siguientes prohibiciones para expedir y/o completar el CM:
a) A un constructor medir yates y completar los CM
b) A un MO medir su propio yate y/o completar su propio CM
A.12.4 Las transferencias de propiedad solamente tendrán validez cuando sean debidamente homologadas por la AC y pagadas las tasas definidas por la misma autoridad.
A.12.5 Un CM pierde su validez cuando:
a) Cambia el propietario del yate respectivo
b) Pérdida del ejemplar del CM en poder de la AC
c) Cuando se emite un nuevo CM
A.12.6 Equipo de medición: un MO de la CL 1M / ULY deberá contar al menos con el siguiente equipamiento, provisto por la AN y/o la AC, para efectuar el pesaje y la medición de los yates de la CL 1M / ULY:
a) una balanza aprobada de hasta 5 (cinco) Kg., con sensibilidad mínima de 50 mg.
b) una cinta métrica con precisión de milímetros, de buena calidad (acero,
aluminio)
c) micrómetro para la medición del espesor del material de las velas.
d) aparato para medir el Centro de Gravedad según Anexo Nº4
A.12.7 El modelo oficial del CM se encuentra en el Anexo Nº5.
SECCIÓN B – APROBACIÓN DEL YATE PARA COMPETIR
B.1 CERTIFICADO
Un yate podrá participar en regatas de la CL 1M / ULY solamente si cuenta con un CM vigente.
B.2 INSIGNIA DE LA CLASE Y DE LA AC
El yate deberá mostrar la insignia de la CL 1M / ULY, definida en la Sección Anexo Nº3 y la insignia ó símbolo de la AC, si existe, en forma y lugar de instalación como ésta haya sido definida.

PARTE II – REQUERIMIENTOS y LIMITACIONES
SECCIÓN C – CONDICIONES PARA COMPETIR
C.1 DESCRIPCIÓN
La clase 1M / ULY es un monotipo que conforma una subclase dentro de la Clase 1M Internacional (IOM.) Por tal motivo prevalecerán sus reglas cuando resulten más restrictivas que las del presente reglamento.
C.2 COMANDO DEL YATE
El comando u operación del yate será efectuada por una sola persona, denominada timonel.
C.3 PUBLICIDAD
El barco sólo podrá mostrar la publicidad que esté permitida por el respectivo código de la ULY.
C.4 YATE
C.4.1 Identificación
El casco llevará en una ubicación fácilmente visible de su interior una etiqueta indeleble en la que constará como mínimo el número de la matricula, el número de homologación de los moldes (en yates construidos a partir de Enero de 2000), el nombre del constructor y la
fecha de construcción.
Próximo a la proa y en cada banda, tendrá inscripto su matrícula, con números de una altura mínima de 50mm, en color nítidamente contrastante con el color del casco.
C.4.2 Dimensiones
El yate deberá respetar todas las medidas descriptas en los diagramas de medición ( ver anexo Nº 1).
C.4.3 Materiales
Con excepción del equipo de control remoto, el yate no podrá contener en su construcción ni titanio ni fibras de carbono ni fibras aramidas (Kevlar) y tampoco materiales de densidad superior a la del plomo (11.3 g/ cm3).
C.4.4 Peso Mínimo
El peso del yate, con todo su equipamiento, listo para navegar sin veleta y en condiciones secas será de : 4.000 gr
C.4.5 Lastres
Cuando hubiese necesidad de colocar lastres para lograr el peso mínimo establecido para la clase, los mismos serán fijados en el interior del casco en forma permanente. El peso y la cantidad de esos lastres constará en el CM correspondiente.
C.4.6 Centro de gravedad
El yate completo y equipado listo para navegar deberá tener un centro de gravedad longitudinal ubicado a no menos de 540 mm medidos desde la proa. Cuando se realice esta verificación, el yate deberá quedar balanceado con su línea de flotación de diseño en forma horizontal, lo que a
la vez significa que la quilla queda en posición sensiblemente vertical, pudiendo sólo caer hacia popa, nunca hacia proa (ver anexo Nº 4). Esta medición debe cumplirse con cualquiera de los tres aparejos reglamentarios.
C.5 CASCO
C.5.1 Mantenimiento
El casco no puede ser modificado en sus formas y dimensiones. Sólo está permitido pintarlo,pulirlo, enduirlo, lijarlo, y reemplazar los herrajes, escotas, cobertores de cubierta y equipo de control remoto por elementos similares.
C.5.2 Dimensiones
Serán válidos sólo cascos fabricados en moldes homologados y construidos con modelos oficiales, provistos por la AN o AC, de acuerdo con las reglas administrativas de la ULY.
C.5.3 Cubierta
La cubierta deberá estar construida al mismo nivel de las bordas del casco, desde la proa hasta el inicio del panel de popa. Cualquier relieve y/o depresión y/o caladura serán permitidos interiormente a una faja de 35 mm, medidos a partir de las bordas. En el pie de mástil los
relieves no podrán superar los 12 mm.
C.6 APÉNDICES DEL CASCO
C.6.1 Dimensiones
La quilla y el timón deberán respetar los DM según Anexo Nº1. La quilla tendrá en la parte embutible grabada en forma indeleble el número de matrícula.
C.6.2 Ubicación
La quilla se ubicará en una caja de orza que permita una única posición de acuerdo con el DM, debiendo ser extraíble. El timón se ubica en una limera de acuerdo con el DM.
C.6.3 Peso (en estado seco)
Quilla
Mínimo 2.350 gr Máximo 2.500 gr
Timón 75 gr



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MensajeTema: Reglamento Clase 1M ULY (Parte II)   Reglamento Clase 1M ULY EmptyMar 02 Jun 2009, 11:47

C.7 APAREJO
C.7.1 Mantenimiento
El aparejo no puede ser modificado en sus dimensiones excepto lo permitido para su mantenimiento que es pintarlo, pulirlo y reemplazar los herrajes necesarios por otros similares.
C.7.2 Limitaciones
Para cada aparejo permitido sólo se permite utilizar un mástil, una botavara de mayor y una botavara de foque. El reemplazo de uno de estos elementos en una competencia, deberá ser por uno similar, debidamente aprobado por el comité de regatas y supervisado por un MO.
C.7.3 Uso
a) Ninguna parte del aparejo puede sobrepasar la eslora del yate.
b) Con excepción de los motones (pastecas) usados para el sistema de
escotas, ningún herraje usará cojinetes a rodamiento (rulemanes).
C.7.4 Mástil
a) Dimensiones: el mástil deberá tener las dimensiones indicadas en el punto F.2.4
b) Uso: el mástil estará en una única posición de acuerdo con el diagrama de medición según
Anexo Nº2.
C.8 VELAS
C.8.1 Mantenimiento
Las velas deben conservar sus medidas y no pueden ser alteradas. Se permite mantención de rutina, como ser parchar roturas ó reemplazar alguno de los battens, sin que ello signifique la necesidad de volver a medir y certificar las velas.
C.8.2 Limitaciones
a) En un certificado de medición sólo pueden registrarse una vela mayor y un foque por cada aparejo permitido.
b) Se prohíbe el uso de velas confeccionadas en países no afiliados a la ULY.
C.8.3 Identificaciones
Las velas llevarán marcas identificatorias de acuerdo a las normas de la
ISAF / RSD y el anexo Nº2 del presente reglamento. La tipografía
utilizada para los números y letras será tipo Helvética ó similar y de
color que contraste notoriamente con el de la vela.
La posición de los numerales en la vela mayor será tal que el sable (batten) de ½ altura de la baluma quedará entre el numeral superior e inferior. La
insignia de la clase deberá quedar arriba del sable (batten) superior.
C.8.4 Uso
a) Salvo el caso de auténtica pérdida o daño, no deberá usarse un foque sin su mayor, ni una mayor sin su foque.
b) Las velas no deberán sobrepasar la eslora del yate.
C.9 CONTROL REMOTO
C.9.1 Limitaciones
a) Sólo dos funciones de radio deben ser usadas. Una debe controlar
únicamente el timón y la otra debe controlar únicamente las escotas del
foque y mayor simultáneamente.
b) Sólo podrá ser enviada información desde el transmisor de radio hacia el yate.
c) No se permite el empleo de equipos de gobierno automáticos.
SECCION D – CASCO
D.1 MATERIALES
D.1.1
La estructura del casco debe estar confeccionada y unida utilizando uno
o más de los materiales permitidos, que se listan a continuación:
1. Metal, con la excepción de metal expandido, en espuma o apanalado.
2. Madera o derivados que no contengan materiales prohibidos, con la excepción de madera apanelada.
3. Fibra de vidrio
4. Gel coat, resina, adhesivos, barniz, pintura.
5. Material en forma de film de recubrimiento que puede ser tejido o parcialmente tejido.
6. Material elastomérico.
7. Hoja de plástico tipo ABS ó similar, que puede ser moldeada al vacío y
que no contenga materiales prohibidos, con la excepción de espuma
plástica.
D.1.2 Las resinas utilizadas para unir las fibras de vidrio deben ser no coloreadas y el interior no debe estar pintado, para facilitar la inspección de las fibras.
D.2 CONSTRUCCIÓN
D.2.1 Los primeros 10 mm de proa deben ser de material elastomérico, que opera como protector en caso de colisiones.
D.3 HERRAJES
D.3.1 En la cubierta los cascos podrán tener un herraje para la fijación del estrobo giratorio del foque del aparejo 2 (ver diagrama de medición de casco y complementos), otro para el foque del aparejo 1 ubicado a 20 mm hacia proa del anterior y un tercero para uso exclusivo del aparejo 3, ubicado a 30mm hacia popa del primero, además un herraje a cada banda para fijar los obenques y un herraje para fijar el estay de popa.
D.3.2 Los herrajes deberán respetar las posiciones indicadas en el diagrama de medición
anexo Nº1.
D.3.3 Los herrajes necesarios para controlar las escotas son libres.
D.3.4 Ningún herraje podrá extenderse por fuera de los limites del casco.
SECCION E – APÉNDICES DEL CASCO
E.1 MATERIALES
E.1.1
Los materiales permitidos son: madera, fibra de vidrio, resina,
pintura, colas, masilla y metales como ser plomo para el bulbo y otros
para eje del timón y anclajes de la quilla.
E.2 CONSTRUCCIÓN
E.2.1 Tanto la quilla como el timón deben poder ser separados del casco
E.2.2 La quilla y/o timón no deben tener aberturas por donde pueda pasar el agua.
SECCION F – APAREJO
F.1 PARTES
F.1.1 Descripción
Cada aparejo (1, 2 o 3) estará formado por un (1) mástil, con su espiga si
es que fuera construido en dos mitades, una (1) vela mayor con su
botavara, un (1) foque con su botavara, una veleta opcional, y los
herrajes y jarcias definidos dentro de estas Reglas.
F.1.2 Escotas
El sistema de escotas es libre.
F.2 MÁSTIL
F.2.1 Materiales
El mástil será de aleación de aluminio, conteniendo no menos de 87% de
aluminio, y podrá tener su superficie en estado natural, anodizada,
esmaltada o pintada.
F.2.2 Construcción
a) El mástil tendrá una sección circular constante de entre 12 mm y 12.7 mm de diámetro, con pared de espesor mínimo 0.5 mm, sin canales para relinga, y su eje debe ser recto, sin mostrar curvaturas ni quiebres intencionales.
b) El mástil podrá ser construido hasta en dos partes, y utilizar cualquier
tipo de encastre entre ellas. El encastre deberá tener una longitud
total igual ó menor que 100 mm.
c) El mástil deberá estar provisto de bandas de medición, realizadas en cualquier material de color contrastante y de entre 3 y 10 mm de ancho. La distancia será la determinada entre el borde inferior de la marca superior y el borde superior de la banda inferior (ver medidas según anexo Nº2).
d) El mástil se ubicará en un alojamiento tubular que deberá estar fijo. La
holgura entre el alojamiento y el mástil no podrá exceder de 1,59 mm
(1/16”), y deberá ser reducida al mínimo, de tal modo que el mástil
quede perpendicular a la línea de cubierta.
e) Mástiles sin arriostramientos y/o rotatorios están prohibidos.
F.2.3 Herrajes
a) El mástil podrá estar equipado con:
• Landas para fijar el estay y/o la driza del foque
• Landas para fijar los obenques.
• Una veleta y su fijación
• Un juego de crucetas solamente para el aparejo 1
• Lastres en sus bases para equilibrar la diferencia de peso de los distintos aparejos con el peso mínimo del barco.
b) El mástil deberá tener:
• Un herraje para fijar el estay de popa (“crane”)
• Una gansera no ajustable, de no menos de 55 mm de alto, con su eje
paralelo al eje del mástil y a no más de 8mm a popa de la cara
posterior del mástil.
• Un vang regulable que estará arraigado en el mismo eje que permita el giro de la botavara.
• Un herraje para fijación del puño de driza.
c) El mástil será soportado por:
• El estay y/ó la driza del foque, regulable
• Dos obenques, uno en cada banda, regulables
• Un estay de popa, regulable



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MensajeTema: Reglamento Clase 1M ULY (Parte III)   Reglamento Clase 1M ULY EmptyMar 02 Jun 2009, 12:29

F.2.4 Dimensiones (en mm):
Reglamento Clase 1M ULY 1410
F.3 BOTAVARAS
F.3.1 Materiales
Las botavaras serán de aleación de aluminio, conteniendo no menos de 87% de aluminio, y podrán tener su superficie en estado natural, anodizada, esmaltada o pintada.
F.3.2 Construcción
Las botavaras deberán ser construidas de tubos de aleación de aluminio, de sección circular constante, de entre 7.9 y 10 mm de diámetro, con pared uniforme de espesor igual o superior a 0.5 mm y su eje no se desviará de una línea recta por más de 3 mm.
F.3.3 Herrajes de la botavara de mayor
La botavara de la mayor deberá tener herrajes para fijar los puños de amura y escota de la vela mayor, la escota y el vang. Estos herrajes podrán ser regulables, pero el vang sólo podrá actuar en tensión.
F.3.4 Herrajes de la botavara del foque
a) La botavara del foque deberá tener herrajes para fijar los puños de amura y escota del foque, la escota del foque y un estrobo giratorio para fijarlo a cubierta. Estos herrajes podrán ser regulables.
b) La botavara del foque podrá tener un amantillo y sus herrajes de fijación. La botavara del foque podrá llevar un contrapeso de hasta 25 gr. en su extremo anterior.

G- SECCION G – VELAS
G.1 MATERIALES
a) Las velas deberán ser confeccionadas cada una en un solo panel de film poliéster de dibujo técnico, ambas caras mate, con un espesor de entre 0.050 mm y 0.070 mm (50 a 70 micrones), pudiendo ser pintadas, dejando una ventana sin pintar a fin de poder verificar el material utilizado.
b) Los refuerzos deberán ser confeccionados del mismo material de las velas, ó de otro material adhesivo, quedando prohibidas las fibras aramidas (kevlar) y de carbono.
G.2 CONSTRUCCIÓN
a) No se requerirá retirar los sables (“battens”) durante la medición de las velas.
b) Con la excepción de los números de vela, no se admitirán decoraciones o pinturas que pudieran reforzar las velas.
c) Los refuerzos de los puños no deberán extenderse a más de 125 mm del punto de medición del correspondiente puño.
d) Se prohíbe los refuerzos que no estén totalmente adheridos a la vela.
e) Las velas podrán tener catavientos (“telltales”)
f) En los puños se podrán usar ollaos (ojetillos) de hasta 10 mm de diámetro.
G.3 VELA MAYOR
a) El modo de fijar la vela mayor al mástil es libre con excepción del uso de relinga embutida (que está prohibida), pero debe asegurarse que el gratil no se separe más de 5 mm del mástil.
b) La baluma será recta entre sables adyacentes así como entre los sables extremos y los puños de la vela.
c) El pujamen será recto.
d) Deberá haber 3 (tres) sables en la baluma. La distancia entre la línea central de cada sable y el punto de medición de la vela no deberá exceder 20 mm.
e) El sable superior no deberá ser mayor de 10 x 75 mm, y su bolsillo no será mayor de 25 x 95 mm.
f) Los 2 sables inferiores no podrán ser mayores de 10 x 100 mm, y sus bolsillos no mayores de 25 x 120 mm.
g) La vela mayor, envergada apropiadamente, no deberá exceder los márgenes de las bandas de medición del mástil.
h) Dimensiones (en mm):
Reglamento Clase 1M ULY 16i11
G.4 FOQUE
a) La baluma no podrá sobrepasar una línea recta entre el puño de escota y el punto más a popa del puño de driza.
b) Una línea tomada entre los puños de amura y de driza de un foque no deberá cortar el borde de proa del mástil más arriba que el eje inferior
de la banda de medición intermedia, cuando el foque esté en crujía.
c) El pujamen del foque será recto.
d) Dimensiones (en mm):
Reglamento Clase 1M ULY 16ii10
En el Foque del Aparejo #1 podrán colocarse dos Sables (Battens), de un largo máximo de 75 mm y un ancho máximo de 10 mm, ubicados a las siguientes alturas:
• Inferior entre 400 – 430 del puño de amura.
• Superior entre 820 – 850 del puño de amura.
Reglamento Clase 1M ULY 1710


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